¡Felicidades! Si recientemente te han concedido asilo en EE. UU., es posible que te estés preguntando: “¿Qué sucede ahora?” Lograr el asilo es una victoria significativa, pero es solo el comienzo de un nuevo capítulo en tu viaje. Aquí te explicamos qué puedes esperar y algunos pasos clave que debes seguir para asegurar tu futuro en EE. UU.

¿Soy elegible para la residencia?

Las personas a las que se les concede asilo son elegibles para solicitar la residencia. Debes haber tenido tu estatus de asilo durante al menos un año antes de que se CONCEDA tu residencia. Los tiempos de procesamiento actuales para la residencia basada en asilo son de 22 meses. ¡Por lo tanto, eres elegible para solicitar la residencia tan pronto como se te conceda el asilo!

¿Qué pasa con mis familiares?

Una de las mayores ventajas de la aprobación de asilo es la posibilidad de presentar peticiones para tus familiares inmediatos. Si tienes un cónyuge o hijos, ya sea que estén en EE. UU. o en el extranjero, ahora puedes comenzar el proceso de reunificación con ellos. ¿No es maravilloso saber que tienes la oportunidad de traer a tus seres queridos aquí y construir tu nueva vida juntos?

¿Puedo viajar internacionalmente?

Una vez que recibas tu residencia, podrás viajar internacionalmente. Sin embargo, es importante no regresar al país de ciudadanía del cual solicitaste asilo. Regresar a ese país podría causar problemas al solicitar la ciudadanía.

Si tienes preguntas o necesitas orientación sobre cualquiera de estos pasos, no dudes en comunicarte con nosotros en Indiana al (317) 983-3437 y en Kentucky al (502) 493-6009. Visita nuestro sitio web en https://floralegalgroup.com para obtener más información sobre nuestros servicios o llámanos. Nuestro equipo experimentado está aquí para apoyarte en cada etapa de tu viaje.